ABRIR UNA CUENTA PARA PERSONA FÍSICA

Para realizar la apertura de cuenta de una persona física debe disponer de la siguiente documentación en su dispositivo:

  • DNI.
  • Impuesto, servicio o resumen de tarjeta a su nombre.
  • CBU de las cuentas desde donde va a transferir fondos (deben coincidir con el titular de la cuenta comitente) .
  • Comprobante de ingresos (cualquiera de las siguientes opciones es válida, no es necesario presentar todas)”:
  • Certificación de ingresos personales y/o bienes efectuada por contador con intervención del Consejo de Ciencias Económicas.
  • Últimos 3 meses de facturación;(certificada por Consejo de Ciencias Económicas). Si entrega copia de Facturas y ND/NC no sería necesaria la Certificación Profesional.
  • Recibos de haberes.
  • Constancia de categoría de monotributo y 3 últimos pagos.
  • Boletos o escrituras de ventas de bienes.
  • Contratos de préstamos y acreditación bancaria.
  • DDJJ varias con acuse de presentación (Bienes Personales, Ganancias, IVA).
  • Entre otros.

En el caso de personas físicas extranjeras, para que los documentos provenientes del exterior sean válidos en la Argentina, los mismos deben estar legalizados, certificados o visados (visto) por el Consulado Argentino correspondiente. Este requisito de legalización también puede ser cumplido por medio de la obtención de la «Apostilla». La Apostilla es una legalización (generalmente en la forma de un sello o certificado) utilizada por los países que han suscripto la Convención de La Haya del 10 de mayo de 1961 en la cual se dispone el trámite simplificado de legalización de documentos para ser utilizados entre los países signatarios de dicha Convención. Para mayor información dirigirse al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto – Esmeralda 1212, C1007ABR, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina – Tel. +54 (11) 4819-7000. www.mrecic.gov.ar. Asimismo, en caso de corresponder, la documentación debe ser acompañada con su traducción al idioma nacional, legalizada por traductor público matriculado, con firma legalizada por su respectivo colegio o entidad profesional habilitada al efecto. Si el instrumento estuviere legalmente exento de traducción, con su presentación, debe indicarse la norma específica que así lo establezca o permita. También tendrá que declarar su CIE o CDI que es emitido por AFIP y, además, declarar el NIF ( código con el cual tributan en el país de origen: https://cuitargentina.com/clave-de-identificacion-cdi-en-afip/#:~:text=La%20 clave%20de%20identificaci%C3%B3n%20CDI,ni%20CUIL%20(C%C3%B3digo%20%C3%9Anico %20de” ).

Para comenzar el proceso de apertura de cuenta por favor complete el siguiente formulario:

Alta Persona Física

Ante cualquier duda o consulta comuníquese al +54 351-5684964 o envíe un mail a altas@avsa.com.ar